Afines de octubre pasado, México estuvo en condiciones de cubrir finalmente los volúmenes de agua pendientes como parte de sus obligaciones plasmadas en el Tratado de Aguas de 1944 durante el último ciclo. Como probablemente los lectores recuerden, en el caso del río Bravo, México está obligado por los términos del Tratado a hacer entrega a los Estados Unidos de poco más de 431 millones de metros cúbicos anuales en ciclos de cinco años, pudiendo saldar cualquier volumen pendiente en el ciclo siguiente.
México ha cumplido con sus obligaciones de entregas, apoyándose en el criterio mencionado, en ciclos anteriores; sin embargo, la reincidencia de estas medidas fue generando cuestionamientos de otros actores estadunidenses fuera del ámbito de la CILA, acerca de la capacidad de México para hacer frente a las entregas de agua en el futuro, lo que fue complicando paulatinamente el escenario binacional conforme se acercaba la fecha de cierre de último ciclo, con el agravante para el gobierno mexicano del conflicto surgido por la negativa de agricultores en Chihuahua, a ceder agua de las presas en la cuenca del río Conchos.
El Acta 325 fue planteada y signada con el objetivo principal de ofrecer una solución a la deuda pendiente de parte de México. Sus términos establecen básicamente el compromiso de los Estados Unidos, por razones humanitarias, de entregar agua de sus reservas en las presas internacionales a México, ante la imposibilidad de este último de satisfacer los usos urbano- domésticos en los municipios fronterizos mexicanos, aguas abajo de la presa de La Amistad, una vez saldada la deuda pendiente. Esto permitirá a México disponer de agua como parte de su cuota en las presas internacionales, para garantizar el abasto del líquido para el consumo de la población mexicana.
Adicionalmente a lo anterior, el Acta plantea en términos generales la creación de grupos de trabajo con especialistas en diferentes áreas afines, con el objetivo de desarrollar un Acta antes de 2023, que aporte “mayor confiabilidad y predictibilidad en las entregas de agua del río Bravo a los usuarios en ambos países”.
Desde el momento de su publicación, el Acta 325 ha sido objeto de un escrutinio por parte de la academia y de algunos sectores fuera de la esfera gubernamental. Las posturas van desde visiones optimistas que sostienen que el acta da un respiro a México y reafirma la buena disposición de ambos países para abordar sus diferencias en el marco del Tratado de 1944, hasta posiciones más reservadas que citan invariablemente la creciente e inusual presión de actores en Texas, que antecedió a la firma del Acta, incluyendo la carta del gobernador de ese estado al secretario de Estado de aquel país.
Entre todas estas posiciones sobresale un tema que omite el contenido del Acta 325 y que está en el centro de la crítica de que es objeto, a partir de la forma precipitada en que fue acordada. Se trata de las consideraciones que podrían esperarse a favor de la sustentabilidad de la cuenca del río Bravo.
Las implicaciones ambientales relacionadas con los ríos compartidos entre México y Estados Unidos han sido un elemento de críticas históricas a la CILA como una parte débil en sus funciones. Instituciones y programas surgidos en la década de 1990, como fueron el Programa Frontera XXI y sus secuelas, o la creación de la Comisión de Cooperación Ecológica Fronteriza (Cocef) y el Banco de Desarrollo de América del Norte (Bandan) se dieron a la tarea de abordar y buscar soluciones precisamente a la problemática ambiental que ha afectado a los ríos compartidos a través del tiempo. Esta tendencia eventualmente ha movido a la CILA-IBWC a ser partícipe en las medidas que busquen la mejora sustentable de esas fuentes hídricas fundamentales para ambos países.
El Acta 325 apela a la buena disposición del gobierno de Estados Unidos para asistir a México en la tradición del Tratado de 1944, pero poco aporta en términos de una problemática más amplia y trascendente, como es el futuro sustentable de la cuenca del río Bravo.
La idea de una elusiva Acta que siente las bases definitivas para un manejo sustentable y colaborativo del río Bravo, ha sido largamente citada e investigada por muchos autores, sin resultados realizables operativamente. Las propuestas de intercambio de información y de organización binacional en la búsqueda de soluciones a la creciente problemática del río Bravo han estado presentes en Actas anteriores emitidas por la Comisión, pero han obedecido a situaciones reactivas básicamente, y su seguimiento por ambos gobiernos no ha estado claro.
La segunda parte del Acta 325 se puede decir que abre de nuevo un halo de esperanza, si el seguimiento operativo se rige realmente por una visión más cooperativa y sustentable en bien de un recurso compartido invaluable, como es el río Bravo.
Dr. José Luis Castro Ruiz
El Colegio de la Frontera Norte