La reducción de la jornada laboral en el horizonte: notas sobre su significado y alcances.

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Opinión de Alfredo Hualde Alfaro Investigador de El Colegio de la Frontera Norte

jueves 16 de enero de 2025

La reducción de la jornada laboral es una tendencia visible en diferentes países. En España se está legislando para reducirla de 40 a 37.5 horas y la jornada que rige en Francia desde el año 2000 es tan sólo de 35 horas. En países latinoamericanos como Colombia y Chile se aprobaron en los últimos años leyes encaminadas a reducir la jornada laboral de manera gradual; en Chile de 44 a 40 horas entre el año 2024 y el año 2028. En Colombia, según datos de la OIT, se propone que la jornada se reduzca de 48 a 42 horas entre 2023 y 2026.

Cuál es el propósito de reducir la jornada laboral?  Al igual que ocurre con otras medidas de política el propósito, las ventajas y los inconvenientes varían de acuerdo con las perspectivas de los actores.

Desde una perspectiva de política económica la reducción de la jornada laboral se ha relacionado con la posibilidad de reducir el desempleo. El supuesto subyacente es que para mantener la producción con jornadas más cortas los empleadores tendrían que contratar más trabajadores. Sin embargo, este supuesto no siempre se cumple y, en ocasiones, el efecto de una reducción de la jornada sobre el desempleo no es significativo.

 Para los trabajadores y los sindicatos trabajar menos horas significa aligerar la fatiga y el stress en trabajos penosos, tener más tiempo para conciliar vida y trabajo, -cuidado de hijos o personas ancianas- o simplemente dedicar al tiempo a estudiar y capacitarse, cultivar aficiones y, en general, tener más tiempo de ocio. 

Los empresarios, que suelen ser más reticentes a reducir el horario de trabajo, ven en ciertos casos una ventaja al considerar que una jornada más reducida redundaría en una mejor calidad del trabajo y con una mejor organización de las actividades laborales, podría incrementarse la productividad. Sin embargo, muchos de ellos, especialmente los dueños de pequeñas o medianas empresas, consideran que devengar el mismo salario a sus trabajadores por menos horas trabajadas, resultaría una carga económica excesiva para dichas empresas.

De todos modos, aún desde el punto de vista teórico los resultados resultan ambiguos pues se señala lo siguiente:

Si se admite que el trabajo es más intenso cuando se concentra en menos horas la reducción de la jornada aumenta la productividad horaria del trabajo. Un aumento de la productividad laboral puede resultar en una disminución o un aumento en el número de empleados, dependiendo de la demanda de la empresa. Sin embargo, si una empresa no cambia su funcionamiento, la reducción de la jornada laboral se traduce en una reducción de la duración del uso de los equipos, lo que generalmente es perjudicial para la rentabilidad de la empresa y, en última instancia, para el empleo. Sin embargo, la reducción puede dar lugar a importantes reorganizaciones, favorables al empleo, si conduce a una ampliación de la duración del uso de los equipos. Con respecto a Francia se señala que en anteriores experimentos de reducción de la jornada de trabajo, la resistencia de los trabajadores a la reducción de sus ingresos ha conducido a un cierto grado de compensación salarial, es decir, a un aumento de los salarios por hora, compensando parcialmente o totalmente el impacto de la reducción de la jornada laborales en los ingresos mensuales o anualmente. A nivel de empresa, la compensación aumenta el costo de la mano de obra, lo que no fomenta la contratación adicional.

A las razones históricamente esgrimidas por unos y otros actores se agregan en las últimas décadas el desempleo potencial que pueden causar las nuevas tecnologías con el consiguiente aumento de la digitalización y automatización en el conjunto de las economías. Por ello, en países industrializados, vuelve cobrar a fuerza la idea de reducir la jornada laboral para evitar un aumento del desempleo.

Sin embargo, tanto las percepciones de tipo general como los posibles resultados de una reducción de las horas de trabajo dependen de numerosos factores: las características del tejido productivo y el tipo de trabajo que se lleva a cabo, la división sexual del trabajo, las regulaciones laborales, la amplitud de la informalidad, los niveles salariales y también las culturales laborales de cada país.

Por otro lado, la duración de la jornada no sólo remite al número de horas trabajadas semanalmente, sino a las horas extraordinarias, a las horas de descanso, a las vacaciones anuales remuneradas y a los días feriados.

En México la última propuesta que se debatirá y podría aprobarse durante el año 2025 se pondría en práctica de manera gradual y, de manera diferenciada, según el tamaño de empresa. Por un lado, el Congreso tendría 6 meses tras la aprobación de la reforma para armonizar leyes secundarias. En los micronegocios el plazo de puesta en práctica sería de tres años y medio, de dos años para los centros de trabajo pequeños, año y medio para empresas medianas y seis meses para las empresas grandes.

En tanto que las secretarías de Economía y del Trabajo deberán realizar un programa piloto para la implementación de la reducción de la jornada laboral, con plazo de 365 días para convocar a mesas de trabajo entre trabajadores y empleadores, con el objetivo de acordar la implementación progresiva de la jornada laboral de 48 a 40 horas semanales sin reducción salarial, así como para la emisión de los lineamientos correspondientes. La propuesta incluye el objetivo de establecer 5 días laborales y dos de descanso.

En el contexto internacional la jornada de 48 horas sigue siendo una de las más altas pero hay que tomar en cuenta que la jornada “legal” no coincide exactamente con el número de horas realmente trabajadas. Aunque México, es uno de los países con un mayor número de horas trabajadas anualmente, de acuerdo con la ENOE el grueso de la Población ocupada, alrededor del 47% trabajaba entre 35 y 48 horas, pero un 17.6% trabajaba de 15 a 34 horas en tanto que el 24.8% trabajaba más de 48 horas. Quienes trabajan menos de 35 horas posiblemente son en muchos casos personas que trabajan y estudian o mujeres que dedican una parte de su tiempo al cuidado de los hijos o de personas ancianas. Una parte de esta población con jornadas muy cortas se refleja el en indicador de subocupación, un 9% de la población ocupada, que declara querer trabajar más horas.  Por otro lado, quienes llevan a cabo jornadas laborales muy extensas son probablemente los que perciben salarios más bajos.

Así pues el establecimiento de una jornada laboral con un número de horas determinado, en este caso más reducido, resulta importante como referencia legal de obligado cumplimiento aunque su aplicación dependerá de la capacidad de las autoridades de la Secretaría del Trabajo para vigilar lo que ocurre en los centros de trabajo y de las organizaciones de trabajadores para hacer que se respeten  sus derechos. Por otra parte, es necesario tomar en cuenta que las reducciones en la jornada no afectarían a más de la mitad de la población ocupada que trabaja en la informalidad. También resulta factible preguntarse si la reducción mencionada no incrementaría la multiactividad o el pluriempleo.

Alfredo Hualde Alfaro
El Colegio de la Frontera Norte, Departamento de Estudios Sociales


Las opiniones expresadas son responsabilidad de quien las emite y no reflejan necesariamente una postura institucional de El Colegio de la Frontera Norte.

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